¡Bienvenidos! OTRA VEZ a una nueva edición de este maravilloso blog. Yo soy UnicornInfi y en esta edición hablaré sobre el stalking. Te invito a que te quedes y si te gusta ¡Comenta y compártelo! Vamos a empezaaar….
Llamar a una persona, darle regalos, mandarle mensajes y cartas son conductas que no tienen connotaciones delictivas y no son delito… Pero, ¿y si centramos todo eso en una sola persona y lo haces en forma insistente?…
El stalking o mejor conocido como síndrome del acoso apremiante es una manera de acosar, vigilar o espiar mediante el internet, sobre todo utilizando redes sociales. POR EJEMPLO; checar las fotos de tu exnovio, mediante cuentas falsas y/o cuentas de tus amigos o familiares… ¡Pero eso no es lo peor!
Están los que stalkean con propósito de obtener información, provocar reacciones como la desacreditación, robo de identidad y secuestros.
Este síndrome describe un patrón en el que el stalker puede ser tanto hombre como mujer; El stalker usa desde llamadas, mensajes de texto, e- mail, cartas, le hace llegar regalos, le espía en su casa, le sigue, le hostiga hasta llegar a recibir amenazas, y/o sufrir algún tipo de delito violento. Por estos motivos se ven obligados a modificar sus hábitos cotidianos, número de teléfono y/o domicilio.
Un stalker psicológicamente se describe con sentimientos de enfado, malicia, celos y/o obsesión intensa; Existen varios tipos de stalker
Stalker resentido: Su propósito es asustar y contrariar a la víctima por la que siente rencor y resentimiento.
Stalker Rechazado: Intenciones principalmente vengativas y negativas.
Stalker «urgido»: Este tipo de acosador es más común, se caracteriza por un deseo incontrolable sexualmente a la víctima.
¿Cómo evitar el Stalking en su papel de víctima?
– No postear ubicaciones específicas.
– Cuida lo que posteas en redes sociales; fotos y estados.
– No publicar datos personales como: número de teléfono, domicilio y tarjetas de crédito.
– No aceptar a alguien que no conozcas como amigo en redes sociales.
– Verificar lo que otras personas publican de ti.
En España, la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal dice que se comienza a valorar el Stalking como un delito, que puede conllevar pena de prisión de entre 3 meses y 2 años o multas que van de 6 a 24 meses, “aumentando la pena si la víctima es especialmente vulnerable por su edad, enfermedad o situación”.
Así que recuerda que estar enamorado no justifica cometer un delito de acoso
Y esto ha sido todo por esta edición, espero que te haya sido de ayuda; No olvides comentar que otros temas te gustaría que tratáramos en este blog, no olvides compartirlo. No te pierdas de más en Habbo Templarios.
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